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"Ley Silla" entra en vigor en medio de dudas de empresarios

Empresarios alertan sobre incertidumbre operativa y legal
Ley Silla Archivo
El Universal 21-07-2025

La entrada en vigor de la llamada "Ley Silla", impulsada por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), ha generado un escenario de incertidumbre operativa y jurídica para miles de centros laborales en México, principalmente en los sectores de comercio, servicios y turismo, advirtió la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (Concanaco Sevytur).

Por medio de un comunicado, el organismo empresarial indicó que, aunque la medida busca mejorar las condiciones laborales al garantizar sillas con respaldo y pausas activas durante la jornada, la falta de lineamientos técnicos claros ha dejado a las empresas sin parámetros definidos para cumplir con la nueva disposición.

Entre los vacíos de la ley se encuentran:

* ausencia de tiempos específicos

* frecuencias de pausas

* criterios diferenciados por tipo de actividad

En este sentido, indicó que lo anterior genera ambigüedad legal y obliga a los empleadores a asumir toda la responsabilidad de implementar esquemas de descanso, en algunos casos sin contar con la infraestructura ni el respaldo técnico necesario.

Además, la supervisión queda sujeta a criterios de interpretación local, ya que serán las autoridades estatales quienes determinen su aplicación.

Desde el punto de vista operativo, los cálculos presentados por la Confederación indican que las pausas obligatorias y los descansos alimenticios podrían reducir el tiempo efectivo de trabajo hasta en 18.75?%, lo que impactaría la productividad diaria, especialmente en negocios que dependen de una atención continua al público, como tiendas, restaurantes y otros servicios.

Actualmente, en una jornada de ocho horas, los trabajadores pueden disponer de dos pausas activas de 15 minutos y un descanso de comida de media hora, lo que se traduce en una hora completa de tiempo no productivo pero pagado.

Esto deja, en promedio, solo siete horas reales de trabajo diario, y en algunos casos incluso menos. Bajo este esquema, las empresas cubren salarios por 48 horas semanales, aunque el rendimiento efectivo se reduce a 42 o incluso a 39 horas.

Para sectores formales, esto representa un reto económico adicional, pues al costo del tiempo no productivo se suma la carga fiscal que los empleadores ya asumen, incluyendo cuotas obrero-patronales, impuestos sobre la nómina y aportaciones a la seguridad social.

Aunque la STPS publicó lineamientos generales el pasado 17 de julio, estos aún no incluyen especificaciones técnicas necesarias para una implementación estandarizada.

Ante este panorama, la Concanaco ha solicitado a la dependencia la emisión urgente de criterios complementarios que permitan a los empleadores cumplir con la norma sin poner en riesgo la operación de sus negocios.

 

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